Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) Artículo 201 Provincia de San Juan
Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica) San Juan
Artículo 201. Ley Nº 3583 (13/01/1969)
Dejase sin efecto la declaración de utilidad pública y afectación a expropiación dispuesta por el artículo anterior, respecto de la superficie de 72.507 has. 8.860 mts. 2, a que se refiere la mensura Nº 16-353-69, individualizadas en la misma como Fracción "A-2", del "Leoncito de Arriba", con nomenclatura catastral Nº 16-20-2950; y manténgase la expropiación respecto de la Fracción "A-3" con superficie de 414 has. 9.400 mts. 2, con nomenclatura catastral Nº 16-20-3550, que individualiza el citado plano.
Provincia de San Juan Artículo 201 Ley de declaracion de utilidad publica y expropiaciones (ley tematica)
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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