Ley de contrato de trabajo Artículo 120
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/01/2026
Ley de contrato de trabajo
Artículo 120. Inembargabilidad
El salario mínimo vital es inembargable en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias.
Artículo 120 Ley de contrato de trabajo
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
23/09/21 09:23:10
buen día,trabajo como empleada administrativa en una escuela privada de CABA,no pertenezco a la planta funcional,me gustaría saber si mi liquidación de haberes es la que corresponde. Tengo treinta y un años de servicios. Quién podría ayudarme. Muchas gracias,Karina.
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