Ley de Concursos y Quiebras Artículo 259 Nacional
Ley de Concursos y Quiebras Nacional
Artículo 259. COADMINISTRADORES
Los coadministradores pueden actuar en los casos señalados por los Artículos 192 a 199. Su designación debe recaer en personas especializadas en el ramo respectivo o graduados universitarios en administración de empresas.Su remoción se rige por lo dispuesto en el Artículo 255.
Nacional Artículo 259 Ley de Concursos y Quiebras
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El debate si esta la duda te pueden condenar
A quién está dirigido el párrafo IV del articulo
Busca preservar las instituciones previstas en la CN, protegiéndolas contra los abusos que puedan sufrir, como asi tambien la legitimidad que el pueblo les otorga
se puede admitir como coheredero a un hijo extramatrimonial no reconocido en vida por el causante?? gracias!
Es increible que pidan ayuda para interpretar un texto que tiene 4 renglones!!!!
que derechos se enuncian? para quienes?? por qué se relaciona con la xenofobia??? leaaann!!!!!! esta todo ahí!!!! por qué necesitan que alguien lo lea y lo interprete por ustedes??!!!!!
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