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Ley de Catastro Territorial Artículo 25 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de Catastro Territorial Buenos Aires
Artículo 25.

La cédula catastral se llenará mediante el asiento de breves anotaciones que consignen los siguientes datos:

a) La nomenclatura catastral de la parcela;

b) La ubicación del inmueble y sus linderos; los límites del inmueble en relación con el título jurídico o la posesión ejercida; las medidas lineales, angulares y de superficie del inmueble y la característica del documento cartográfico que determine tales datos;

c) Los datos de inscripción del título en el Registro de la Propiedad Inmueble y la identidad y domicilio del titular o, en su caso, los del poseedor y la radicación de juicios de usurpación, sobreposición de dominio o multiplicidad de inscripciones;

d) Las restricciones y permisos o concesiones administrativas;

e) La afectación de expropiación;

f) Las inscripciones de actos de relevamientos y las referencias recíprocas con otras parcelas;

g) El número de partida con el cual figura el inmueble en el Organismo Catastral;

"h) Las mejoras de carácter permanente;".

i) Detalle de existencia de servicios de infraestructura;

j) Las valuaciones administrativas de que hubiera sido objeto;

k) Cualquier otra circunstancia exigida por la presente ley o sus normas reglamentarias.



Provincia de Buenos Aires Artículo 25 Ley de Catastro Territorial
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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