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Ley de Catastro Territorial Artículo 2 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de Catastro Territorial Buenos Aires
Artículo 2.

El poder de policía inmobiliario catastral comprende las siguientes atribuciones:

a) Practicar de oficio actos de relevamiento territorial con fines catastrales;

b) Determinar de oficio estados parcelarios;

"c) Registrar los estados parcelarios, los objetos territoriales legales, y la documentación que les da origen." d) Exigir declaraciones juradas a los propietarios u ocupantes de los inmuebles;

e) Realizar inspecciones con el objeto de practicar censos, verificar infracciones o con cualquier objeto acorde con los finalidades de esta ley;

f) Expedir certificaciones, controlar e informar sobre multiplicidad de inscripciones o superposiciones de dominio;

g) Ejecutar la cartografía parcelaria de la Provincia, llevando el Registro gráfico.

h) Autorizar y ejercer el contralor de las divisiones del dominio por el régimen de Propiedad Horizontal;

i) Velar por la conservación de marcos y mojones de delimitación parcelaria;

j) Asignar la nomenclatura catastral y número de partida de los padrones impositivos para la individualización parcelaria;

k) Llevar la cantidad y especie de índices que sean necesarios para la localización de las parcelas;

l) Realizar las tasaciones inmobiliarias que les sean requeridas por Organismos Públicos, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;

m) Interpretar las normas que regulen la materia." "n) Establecer estándares, metadatos y todo otro componente compatible con el rol del catastro en el desarrollo de las infraestructuras de datos geoespaciales."



Provincia de Buenos Aires Artículo 2 Ley de Catastro Territorial
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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