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Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Artículo 133 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe
Artículo 133. Casos de constitución

Cuando sea necesario obtener de un inmueble ajeno, del dominio particular, privado o público del Estado, una determinada utilidad o ventaja, la Autoridad de Aplicación podrá afectarlo específicamente a la imposición forzosa de una servidumbre administrativa de aguas, incluyendo el inmueble en los planes de obras o trabajos, o en sus planos descriptivos, debidamente aprobados.

La determinada utilidad contenido de la servidumbre será necesaria para el ejercicio de los derechos emanados de una concesión o permiso, o para la realización de estudios de cuencas y proyectos de obras hidráulicas vinculadas al uso y control de las aguas públicas.

Por el carácter forzoso de la imposición, el titular del inmueble sirviente estará obligado a constituirla cuando la Autoridad de Aplicación se lo requiera, pudiendo reclamarle su cumplimiento por acción judicial y tiene derecho a ser indemnizado.



Provincia de Santa Fe Artículo 133 Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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