Ley Antinarcotráfico Artículo 3 Provincia de Córdoba
Ley Antinarcotráfico Córdoba
Artículo 3.
El personal de la Fuerza Policial Antinarcotráfico debe ejercer sus funciones ajustado a los siguientes principios básicos de actuación:a) Desempeñarse con responsabilidad, respeto a la comunidad, imparcialidad e igualdad en el cumplimiento de la ley, protegiendo los derechos de las personas;
b) Actuar garantizando el pleno e irrestricto respeto a los derechos humanos, en especial el derecho a la vida, a la libertad, a la integridad y a la dignidad de las personas;
c) Asegurar la plena protección de la integridad física, psíquica y moral de las personas bajo su cuidado o custodia;
d) Abstenerse de cualquier situación que implique la obtención de ventajas o provecho indebidos de su autoridad o función;
e) Velar por el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y reglamentarias durante su accionar o el de otras fuerzas, organismos o agencias con las que se desarrollen labores conjuntas o combinadas, o en las conductas de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas con las que se relacionen, debiendo dar inmediata cuenta de cualquier incumplimiento o del hecho de corrupción a la autoridad superior u organismo de control competente;
f) Mantener en reserva las cuestiones de carácter confidencial, particularmente las referidas al honor, la vida y los intereses privados de las personas de que tuvieran conocimiento, a menos que el cumplimiento de sus funciones o las necesidades de la justicia lo exijan;
g) Ejercer la fuerza pública en función del resguardo de la seguridad solamente para hacer cesar una situación en que, pese a la advertencia u otros medios de persuasión empleados, se persista en el incumplimiento de la ley o en la inconducta grave. La utilización de la fuerza será de último recurso y toda acción que pueda menoscabar los derechos de las personas será de ejecución gradual;
h) Recurrir al uso de armas de fuego solamente en caso de legítima defensa, propia o de terceros o situaciones de estado de necesidad en las que exista peligro grave, inminente y actual para la vida de las personas protegidas, o para evitar la comisión de un delito que entrañe ese mismo peligro, debiendo obrar de modo de reducir al mínimo los posibles daños y lesiones;
i) Anteponer al eventual éxito de la actuación la preservación de la vida humana y la integridad física de las personas cuando exista riesgo de afectar dicho bien, y j) Identificarse como funcionarios cuando el empleo de la fuerza y de armas de fuego sea inevitable, en la medida de lo posible y razonable, dar una clara advertencia de su intención de emplear la fuerza o armas de fuego con tiempo suficiente como para que la misma sea tomada en cuenta, salvo que, al dar esa advertencia se pusiera indebidamente en peligro a las personas protegidas o al propio funcionario, se creara un riesgo cierto para sus vidas y el de otras personas o resultara evidentemente inadecuada o inútil dadas las circunstancias del caso.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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