Juicio por Jurados y con Vocales Legos Artículo 23 Provincia del Chubut
Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut
Artículo 23. RECUSACIONES Y EXCUSACIONES
Las recusaciones y excusaciones que correspondieren respecto de un Juez o Jurado, se regirán por las normas contempladas en el Capítulo III, Título I, del Libro II, Primera Parte del Código Procesal Penal de la Provincia del Chubut y las que establezcan esta Ley.
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Créase el Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas Chubut Artículo 1. Creación Desplazamientos mínimos por el aislamiento social, preventivo y obligatorio a fin de proteger la salud pública Chubut Artículo 7. Declaración de la Emergencia Sanitaria al sector público de la salud provincial por el término de 180 días Chubut Artículo 1. Funcionamiento especial temporal por emergencia sanitaria de la Dirección Provincial del Trabajo Chaco Artículo 6. Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles ubicados en Villa Ávalos Córdoba Artículo 1.Publique la información de sí mismo
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