Juicio Por Jurados Artículo 84 Provincia de Catamarca
Juicio Por Jurados Catamarca
Artículo 84. Veredicto Parcial
1) Múltiples personas acusadas: Si hay múltiples personas acusadas, el jurado puede rendir un veredicto en cualquier momento de sus deliberaciones respecto de aquella persona acusada por la que hayan llegado a un acuerdo unánime;
2) Múltiples hechos: Si el jurado no puede acordar en todos los hechos imputados respecto de cada persona acusada, podrá rendir un veredicto respecto de aquéllos hechos en los cuales hayan llegado a un acuerdo unánime.
Provincia de Catamarca Artículo 84 Juicio Por Jurados
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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