Incremento del Presupuesto General de la Administración Provincial Artículo 3 Provincia del Chubut
Incremento del Presupuesto General de la Administración Provincial Chubut
Artículo 3.
En caso de ser necesario modificar o ampliar la estructura presupuestaria, los incisos del Presupuesto se reestructurarán de la siguiente manera:
1) Erogaciones financiadas con Rentas Generales:
a) Autorízase al Poder Ejecutivo a compensar:
1. El crédito asignado al inciso Personal entre distintas Jurisdicciones y/ o Finalidades.
2. Entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicio de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/ o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras.
3. Los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas, incluso entre distintas Finalidades.
4. Las modificaciones de los apartados 1, 2 y 3 siempre y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento.
5. Respecto de la Planta de Personal podrán transferirse cargos entre distintas categorías Programáticas y Jurisdicciones, y/o modificar los totales siempre que se realicen dentro del mismo escalafón y el costo de la sumatoria de las modificaciones no de resultado positivo.
b) Autorízase al Ministerio de Economía y Crédito Público a compensar:
1. Entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicio de la Deuda dentro de una misma Jurisdicción, aún entre distintos Servicios Administrativos Financieros, con la excepción de compensaciones entre los incisos Bienes de Consumo y Servicios no Personales, las cuales siempre que se realicen entre los Servicios Administrativos Financieros de una misma Jurisdicción se aprobarán por Disposición de la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria. Dichas modificaciones no deberán implicar incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras.
c) Autorízase a la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria a disponer:
1. Compensaciones de los créditos asignados en un mismo Inciso entre distintos Servicios Administrativos Financieros de una misma Jurisdicción.
2. Compensaciones entre los créditos asignados a los Incisos Bienes de Consumo y Servicios no Personales entre distintos Servicios Administrativos Financieros de una misma Jurisdicción.
2. Compensaciones entre distintos Incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicio de la Deuda de un mismo Servicio Administrativo Financiero, siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras.
2) Erogaciones financiadas con recursos afectados:
a) Autorízase al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a los Proyectos de Inversión entre sí y con sus respectivas actividades específicas; y a incorporar nuevos Proyectos que se autoricen con fondos afectados.
b) Las compensaciones entre incisos de la misma Finalidad realizadas por los Servicios Administrativos Financieros, deberán ser notificadas a la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria para su aprobación, siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras.
c) Autorízase a la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria a disponer compensaciones entre distintos incisos de la misma Finalidad, los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicio de la Deuda dentro de una misma Jurisdicción, aún entre distintos Servicios Administrativos Financieros, siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras.
d) Autorízase al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicio de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/ o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras. Las modificaciones que involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento.
e) Autorízase al Poder Ejecutivo a compensar los créditos asignados a Categorías Programáticas con distinta Finalidad siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras, comunicándose dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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