Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo Artículo 6 Provincia de La Pampa
Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo La Pampa
Artículo 6.
Establécese que el personal docente que se transfiera, en los casos en que se desempeñe en la gestión estatal del Sistema Educativo Provincial y no tenga completo su ingreso al mismo, podrá participar en los movimientos mencionados en el artículo 70, incisos d) y f), de la Ley 1124 y a tal efecto les será computada la carga horaria con la que haya sido transferido.
Provincia de La Pampa Artículo 6 Incorporación de instituciones educativas de nivel secundario pertenecientes al Sistema Educativo Provincial de gestión privada que constituyan la única oferta en la localidad
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado Santa Fe Artículo 256. Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe Artículo 179. Monto de la multa y sanción concurrente Establecieron el juicio por jurados Santa Fe Artículo 44. No aceptación del cargo Declaran Ciudad a la localidad de Monte Vera, departamento La Capital Santa Fe Artículo 1. Derecho a la Información Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 12. Publicidad de las sentencias del Superior Tribunal de JusticiaPublique la información de sí mismo
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