Impositiva año 2017 Artículo 43 Provincia de La Pampa
Impositiva año 2017 La Pampa
Artículo 43.
La vigencia de las modificaciones de las valuaciones fiscales que surjan por aplicación del inciso c), artículo 38 de la Norma Jurídica de Facto Nº 935 será a partir del 1 de enero siguiente a la fecha de presentación de la solicitud de reconsideración, y siempre que el error sea imputable al contribuyente.La solicitud de reconsideración de valuación fiscal deberá ir acompañada por el certificado de libre deuda del Impuesto Inmobiliario a la fecha de presentación. A tal efecto, podrá admitirse una constancia provisional que emitirá la Dirección General de Rentas cuando exista un plan de pagos con garantía real.
Cuando procedan rectificaciones de valuaciones fiscales por errores imputables a la Administración, la vigencia de los nuevos valores será retroactiva al último revalúo fiscal.-
Provincia de La Pampa Artículo 43 Impositiva año 2017
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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