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Estatuto del personal docente de la Provincia Artículo 60 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Estatuto del personal docente de la Provincia Buenos Aires
Artículo 60.

Son antecedentes valorables para el ingreso:

a) Los títulos docentes habilitantes para el cargo, módulos u horas cátedra.

b) La antigüedad de títulos.

c) El promedio de títulos.

d) El domicilio real en el distrito para el cual se solicita empleo.

e) L antigüedad docente en cargos del escalafón en que se solicitó ingreso.

f) La antigüedad docente en el ítem escalafonario.

g) Las calificaciones de los dos (2) últimos años.

h) Otros títulos y certificaciones bonificantes.

La reglamentación podrá establecer otros antecedentes valorables de acuerdo con el nivel y/o modalidad y fijará las condiciones mínimas exigibles a los títulos y certificados directamente vinculados y complementarios de la formación docente.



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Los comentarios de los usuarios

Hola, soy docente de más de 10 años en buenos aires, con cargos provisionales y estoy próximo a mudarme a rio negro, quería saber si la antigüedad la pierdo o si se computa a la hora de cobrar mi sueldo en rio negro, gracias!

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los servicio docentes prestados en colegios privado con subvención del estados, se compitan en el ingreso?

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Cuál es el máximo eln el item escalafonario?

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