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Estatuto del Docente Artículo 314 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Estatuto del Docente Chaco
Artículo 314.

Si en el momento de solicitar licencia el docente se hallare accidentalmente fuera del lugar de su residencia habitual, solicitará directamente la intervención médica respetando el orden de prelación establecido en el inciso a) del artículo 313 en caso de encontrarse en jurisdicción provincial.

Si se hallare fuera de la provincia, el certificado médico deberá ser expedido por Salud Pública de la Nación o de la Provincia respectiva, indistintamente, donde figurará claramente el nombre, nominación y sello de la autoridad que lo expide.

En todos los casos el docente elevará la solicitud de licencia acompañada del certificado médico por la vía jerárquica correspondiente.

El docente que solicite licencia para someterse a tratamiento médico fuera de la localidad donde reside o de la provincia deberá formular su pedido de reconocimiento médico con antelación al uso de la misma, salvo caso de extrema urgencia.



Provincia del Chaco Artículo 314 Estatuto del Docente
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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