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Estatuto del Docente Artículo 136 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Estatuto del Docente Chaco
Artículo 136.

Para cubrir con carácter titular cada uno de los cargos que integren la planta funcional de un establecimiento que se incorpora al régimen de profesores designados por cargos docentes, se establecen las normas siguientes:

a) Los cargos de preceptor titular, jefe de preceptores titular y secretario titular se considerarán equivalentes a los de auxiliar docente, auxiliar docente principal y secretario respectivamente;

b) El cargo de asesor pedagógico en escuela secundaria, se considerará equivalente al de asesor pedagógico en un cargo de tiempo completo de treinta (30) unidades horarias semanales;

c) Los profesores titulares en horas de cátedras tendrán prioridad para ser designados titulares en los cargos que disponga la nueva modalidad, por riguroso orden de mérito, de acuerdo con el cargo que acepte;

d) En los casos que no exista personal titular en condiciones de asumir cargos de tiempo completo o parcial, según las normas del inciso c), se procederá a convocar un concurso de acrecentamiento por títulos y antecedentes, de acuerdo con las normas del artículo 101 de la presente ley y las especiales que para estos casos determine el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología con intervención de la Junta de Clasificación.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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