Establécese clasificación para los establecimientos porcinos (Establécese clasificación para los establecimientos porcinos) Provincia del Chubut
Establécese clasificación para los establecimientos porcinos Provincia del Chubut
- Artículo 1. Quedarán sujetos a lo prescripto en la presente Ley, todo inmueble, cercado...
- Artículo 2. Establécese la siguiente clasificación para los establecimientos porcinos:...
- Artículo 3. Considérense los siguientes sistemas de producción: a. Sistema de...
- Artículo 4. La Autoridad de Aplicación habilitará, previa inscripción, las explotaciones...
- Artículo 5. Prohíbase la tenencia, cría, engorde y concentración de porcinos en...
- Artículo 6. Prohíbase en los establecimientos la alimentación de porcinos con: a....
- Artículo 7. Autorízase en los establecimientos la alimentación de porcinos con restos de...
- Artículo 8. Las infracciones a las disposiciones de la presente Ley, serán sancionadas...
- Artículo 9. Sin perjuicio de las sanciones previstas en el artículo anterior, se podrá...
- Artículo 10. En caso de retención, rechazo o destrucción de productos relacionados con la...
- Artículo 11. Promuévase la obtención de acuerdos con organismos, empresas y bancos, entre...
- Artículo 12. La presente Ley deberá ser reglamentada dentro de los sesenta (60) días de...
- Artículo 13. Comuníquese al Poder Ejecutivo
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
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