Ente Nacional de Desarrollo Deportivo Artículo 26 Nacional
Ente Nacional de Desarrollo Deportivo Nacional
Artículo 26.
Las resoluciones de la Asamblea General se deben tomar por mayoría absoluta de los votos de los presentes.
Las deliberaciones y acuerdos adoptados deben constar en un libro de actas que será llevado por quien asuma la secretaría.
Las actas serán firmadas por la persona que ejerza la presidencia, por el/la secretario/a y por un (1) representante de cada socio fundador designado por la asamblea.
Nacional Artículo 26 Ente Nacional de Desarrollo Deportivo
Mejores juristas





Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios