Elección de los Jurados del Tribunal de Enjuiciamiento Artículo 11 Provincia de Santa Cruz
Elección de los Jurados del Tribunal de Enjuiciamiento Santa Cruz
Artículo 11.
Son funciones y deberes de la Secretaría Permanente:a) asentar las denuncias y acusaciones en el libro de "Registro de denuncias contra Magistrados y/o Funcionarios de la provincia de Santa Cruz", dejando constancia de los datos del denunciante, del denunciado y mención de la prueba documental acompañada;
b) formar expediente, asignarle un número que lo identifique y caratularlo con el apellido y nombre de los Magistrados y Funcionarios acusados y los cargos que ocupan, como así también con el del Presidente del Tribunal que intervenga en el proceso;
c) efectuar las notificaciones a cargo del Tribunal previstas en la presente ley, las que se concretarán a través de las oficinas de mandamientos y notificaciones o, en caso de ser posible, de los mecanismos electrónicos previstos en la reglamentación del Tribunal Superior;
d) desempeñarse como Actuario durante todo el trámite del proceso;
e) velar por la custodia de las actuaciones y de los efectos que hayan sido secuestrados en la totalidad del proceso;
f) acudir o presentarse a requerimiento de la Honorable Cámara de Diputados, para brindar informes sobre la marcha de la Secretaría o el avance de los casos;
g) responder los pedidos de informe emitidos por la Honorable Cámara de Diputados y en su caso, por el Consejo de la Magistratura. Los organismos, entidades, personas humanas y/o jurídicas de carácter público, privado o mixto, están obligados a prestar su colaboración en las tareas que requiera la Secretaría Permanente en el ejercicio de sus funciones;
h) dar fe de todas las resoluciones emitidas por el Tribunal o su Presidente;
i) instrumentar la publicación de los Fallos del Tribunal de Enjuiciamiento;
j) rendir un informe cuatrimestral circunstanciado de las denuncias y actuaciones que se realicen a instancias de éstas, a Ia Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados;
k) ejercer las demás competencias y atribuciones establecidas en la presente ley y en el reglamento que se dicte.-
Provincia de Santa Cruz Artículo 11 Elección de los Jurados del Tribunal de Enjuiciamiento
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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