Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología Artículo 50 Provincia de Buenos Aires
Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología Buenos Aires
Artículo 50.
Los Colegios Regionales creados por el artículo 47° de esta ley, tendrán la siguiente competencia territorial: El Colegio de Fonoaudiólogos Regional La Plata tendrá su sede en la ciudad de La Plata y tendrá competencia territorial en los partidos de: La Plata, Berisso, Ensenada, Brandsen, San Vicente, Magdalena, Florencio Varela, Berazategui, Pila, Esteban Echeverría, Cañuelas, Marcos Paz, Las Heras, General Paz, Lobos, Monte, Roque Pérez, Saladillo, Chascomús, General Belgrano, Las Flores, General Alvear, 25 de Mayo y Navarro. El Colegio de Fonoaudiólogos Regional Mar del Plata tendrá su sede en la ciudad de Mar del Plata y tendrá competencia territorial en los partidos de: General Pueyrredón, Tordillo, Dolores, General Lavalle, General Guido, Ayacucho, Maipú, General Madariaga, Mar Chiquita, Balcarce, Lobería, General Alvarado, Necochea, San Cayetano, Tandil, Benito Juárez, Rauch, Azul, Tapalqué, Olavarría, General Lamadrid, Laprida, Bolívar, Castelli, Pinamar, Villa Gessel y Partido de la Costa. El Colegio de Fonoaudiólogos Regional Pergamino tendrá su sede en la ciudad de Pergamino y tendrá competencia territorial en los partidos de: Pergamino, San Nicolás, Ramallo, Colón, Bartolomé Mitre, Baradero, San Pedro, Zárate, Campana, Exaltación de la Cruz, San Antonio de Areco, Carmen de Areco, Capitán Sarmiento, Salto, San Andrés de Giles, Luján, Mercedes, Suipacha, Chivilcoy, Alberti, Bragado, Nueve de Julio, General Viamonte, Lincoln, General Pinto, General Villegas, Pehuajó, Leandro N. Alem, General Arenales, Rojas, Junín, Chacabuco, Rivadavia, Carlos Tejedor, Carlos Casares y Trenque Lauquen. El Colegio de Fonoaudiólogos Regional Bahía Blanca, tendrá su sede en la ciudad de Bahía Blanca y tendrá competencia territorial en los partidos de:Bahia Blanca, Puán, Saavedra, Guamini, Adolfo Alsina, Saliquelo, Pelegrini, Tres Lomas, Daireaux, Irigoyen, Tres Arroyos, Gonzales Chaves, Coronel Pringles, Coronel Dorrego, Coronel Rosales, Torquinst, Patagones, Villarino, Monte Hermoso, y Coronel Suárez. El Colegio de Fonoaudiólogos Regional San Isidro tendra su sede en la ciudad de San Isidro y tendrá competencia territorial en los partidos de: San Isidro, Avellaneda, Quilmes, Lomas de Zamora, Morón, San Martín, Tres de Febrero, La Matanza, Merlo, General Sarmiento, Escobar, Tigre, San Fernando, Lanús, Almirante Brown, General Rodriguez, Moreno, Pilar y Vicente López.
Provincia de Buenos Aires Artículo 50 Ejercicio Profesional de la Fonoaudiología LEY 10.757, 4 de Abril de 1989
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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