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Ejercicio de las profesiones de la salud y sus actividades de apoyo Artículo 29 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ejercicio de las profesiones de la salud y sus actividades de apoyo Río Negro
Artículo 29.

Los médicos deben confeccionar y actualizar una historia clínico-quirúrgica cronológica y detallada de cada paciente, de modo que permita el seguimiento de las patologías por cualquier otro profesional. A los efectos indicados se adopta la nomenclatura y clasificación internacional de las enfermedades elaboradas por la Organización Mundial de la Salud.

Su formato debe ser el de un legajo escrito -en lenguaje digital o no-, foliado e identificado por medio de una clave que surja del documento nacional de identidad del paciente.

Las historias clínicas tienen carácter único dentro de cada establecimiento asistencial público o privado. Sin perjuicio de ello, por razones de optimización del servicio médico o auxiliar de que se trate, pueden autorizarse asientos o registros diferenciados por la especialidad o la índole del servicio, en cuyo caso las medidas que internamente cada centro asistencial adopte deben ser uniformes para todas las historias clínicas y respetando los lineamientos de la presente Ley.

Toda historia clínica digital debe ser resguardada en un servidor o en un programa inviolable para que no pueda ser alterada.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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