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Ejercicio de la Actividad del Profesional Farmacéutico Artículo 17 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ejercicio de la Actividad del Profesional Farmacéutico Chubut
Artículo 17.

Los profesionales farmacéuticos podrán prestar asistencia de primeros auxilios en caso de urgencia y mientras no concurra el médico. En los casos de envenenamiento evidente, en que el agente tóxico sea reconocido, estará autorizado a administrar el contraveneno correspondiente. En casos evidentes de shock anafiláctico, el farmacéutico está autorizado a administrar el o los medicamentos necesarios para resolver la emergencia.

Dejará constancia de lo actuado en el Libro Recetario, especificando toda la información que tener implicancia legal, comunicando de inmediato a la autoridad sanitaria y policial con jurisdicción en la localidad.

En caso de epidemias, desastres u otras emergencias prestarán, dentro de sus capacidades, la colaboración que sea requerida por la autoridad sanitaria.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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