Disposiciones Generales del Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para Entidades de Bien Público (Disposiciones Generales del Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para Entidades de Bie) Nacional
Disposiciones Generales del Régimen Tarifario Específico de servicios públicos para Entidades de Bien Público Nacional
- Artículo 1. Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público
- Artículo 2. Objeto
- Artículo 3. Aplicación
- Artículo 4. Sujetos del régimen
- Artículo 5. Categoría de los sujetos
- Artículo 6. Sujetos excluidos
- Artículo 7. Criterio a adopta
- Artículo 8. Topes en la facturación
- Artículo 9. Costos de los servicios públicos
- Artículo 10. Prohibición de traslado del costo
- Artículo 11. Calidad de los servicios públicos
- Artículo 12. Obligación de las prestadoras
- Artículo 13. Autoridad de aplicación
- Artículo 14. Servicio público de agua potable y desagües cloacales
- Artículo 15. Servicio público de electricidad
- Artículo 16. Categoría Entidades de Bien Público. Los transportistas y distribuidores, al...
- Artículo 17. Servicio público de gas natural
- Artículo 18. Uso de garrafas
- Artículo 19. Servicio público de telefonía
- Artículo 20. Categoría Entidades de Bien Público
- Artículo 21. Exenciones o reducciones
- Artículo 22. Consejo Nacional de Telecomunicaciones
- Artículo 23. Entes Reguladores
- Artículo 24. Nuevos servicios
- Artículo 25. Sujetos que gocen de algún régimen de tarifa social
- Artículo 26. Adhesiones
- Artículo 27. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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