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Designación vía reglamentación a la autoridad de aplicación de la ley 2.877-R Artículo 3 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Designación vía reglamentación a la autoridad de aplicación de la ley 2.877-R Chaco
Artículo 3.

Establécese que todo combustible líquido caracterizado como gasoil o diesel oil - en los términos del artículo 4° de la ley nacional 23.966, Título III, de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, o en el que pueda prever la legislación nacional que en el futuro lo reemplace - que utilicen las empresas mencionadas en el apartado a) del artículo 2° del presente, deberán utilizar para la prestación de los servicios públicos el gasoil o diésel oil conjuntamente con la especie de biocombustible denominada «biodiesel», en un porcentaje del veinticinco por ciento (25%) como mínimo de este último, medido sobre la cantidad total del producto final. Esta obligación tendrá vigencia a partir del primer día del segundo año calendario siguiente al de promulgación de la presente ley.

La autoridad de aplicación tendrá la atribución de aumentar el citado porcentaje, cuando lo considere conveniente, en función de la evolución de las variables de mercado interno o bien disminuir el mismo antes situación de escaseces fehacientes comprobadas.



Provincia del Chaco Artículo 3 Designación vía reglamentación a la autoridad de aplicación de la ley 2.877-R (Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentable de Biocombustibles)
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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