Declaración de Emergencia Económica, Fiscal, Financiera y Social hasta el 31/12/2020 prorrogable por Artículo 13 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Declaración de Emergencia Económica, Fiscal, Financiera y Social hasta el 31/12/2020 prorrogable por un año por el Poder Legislativo a solicitud del Poder Ejecutivo Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 13.
Suspéndese con carácter general el curso de la prescripción de la acción para determinar tributos, aplicar multas y exigir el pago de sumas cuya recaudación, aplicación, percepción y/o fiscalización esté a cargo de la Agencia de Recaudación Fueguina, como así también los plazos para la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de demandas o recursos judiciales en los que el mencionado organismo sea parte actora, por el plazo de doce (12) meses a contar desde la fecha de la entrada en vigencia de la presente Ley.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 13 Declaración de Emergencia Económica, Fiscal, Financiera y Social hasta el 31/12/2020 prorrogable por un año por el Poder Legislativo a solicitud del Poder Ejecutivo
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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