Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única Artículo 13 Provincia de Córdoba
Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única Córdoba
Artículo 13. Registros comprensibles
La información contenida en la Historia Clínica Electrónica Única (HCEU) debe ser expuesta en forma comprensible para el paciente y no puede ser alterada sin que quede registrada la modificación de que se trate, aun en el caso de que ella tuviera por objeto subsanar un error.
Provincia de Córdoba Artículo 13 Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única (HCEU)
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Ley del registro de estado civil y capacidad de las personas San Luis Artículo 91. Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Ciudad de Buenos Aires Artículo 27. Reestructuración de préstamos contraidos entre Nación y Provincia, plasmados en los convenios Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 2. Ley del registro de estado civil y capacidad de las personas San Luis Artículo 68. Ley Impositiva: Ejercicio 1999 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 37.Publique la información de sí mismo
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