Declaración al turismo receptivo y al turismo intraprovincial como bien jurídico protegido Artículo 30 Provincia de Río Negro
Declaración al turismo receptivo y al turismo intraprovincial como bien jurídico protegido Río Negro
Artículo 30. Integración
El Consejo Provincial de Turismo se integra por los siguientes miembros, quienes lo harán con carácter ad honorem:a. Presidente: Es el titular del Ministerio de Turismo y Deporte o quien este designe en representación, quien convocará a asamblea de acuerdo al reglamento respectivo.
b. Secretario: Es elegido por el consejo en asamblea entre los miembros permanentes.
c. Consejeros municipales: Son los funcionarios titulares de los organismos oficiales de turismo de cada municipio y comisiones de fomento o quien sea designado por estos.
d. Consejeros regionales: Un (1) titular y un (1) suplente por la Región Sur, Costa Atlántica, del Valle y Cordillera.
e. Un (1) representante de la Cámara de Turismo de Río Negro.
f. El Consejo, a través de su presidencia puede convocar al solo efecto consultivo, a representantes de sectores vinculados al turismo cuando sea pertinente, cámaras empresariales, empresas, entes, organizaciones, ONGs, universidades, organismos públicos, equipos técnicos, colegios de profesionales, entidades representativas de los prestadores turísticos, referentes de la actividad específica, privados y otros, de acuerdo a la temática a tratar por el CPT, como miembros no permanentes, quienes tendrán voz, pero no voto.
Provincia de Río Negro Artículo 30 Declaración al turismo receptivo y al turismo intraprovincial como bien jurídico protegido, concebido como actividad socioeconómica de interés para la provincia
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a donar a la Municipalidad de El Bolsón un inmueble para la construcción de la Terminal Municipal de Ómnibus Río Negro Artículo 5. Establece la capacitación obligatoria en materia de derechos humanos Chubut Artículo 2. Definiciones Ley Orgánica de Ministerios del Poder Ejecutivo Santa Fe Artículo 33. Crean sistema de información para el fortalecimiento de la actividad comercial y de servicios Córdoba Artículo 21. Confidencialidad Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024 Buenos Aires Artículo 67.Publique la información de sí mismo
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