Declara la emergencia de la infraestructura educativa en los establecimientos de gestión estatal, en todos sus modalidades y niveles dependientes del Ministerio de Educación Cultura, Ciencia y Tecnología (Declara la emergencia de la infraestructura educativa en los establecimientos de gestión estatal) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Declara la emergencia de la infraestructura educativa en los establecimientos de gestión estatal, en todos sus modalidades y niveles dependientes del Ministerio de Educación Cultura, Ciencia y Tecnología Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. Declárase la Emergencia de la Infraestructura Educativa en los...
- Artículo 2. El objeto de la presente es garantizar el normal desarrollo de las...
- Artículo 3. Las contrataciones de bienes de consumo, servicios no personales bienes de...
- Artículo 4. Autorizase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias...
- Artículo 5. Establécese un procedimiento de excepción para las licitaciones públicas,...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Jefe de Gabinete,...
- Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Ley de ministerios Adhesión al Sistema Voluntario de Declaración de tenencia de Moneda Nacional y Extranjera Declaración Patrimonio Cultural Provincial las Actividades de la Biblioteca Popular Sarmiento Eximición del pago de impuestos al Fideicomiso de Administración para el Desarrollo Austral Prórroga del plazo establecido en el art. 6 de la ley 1268 que regula la práctica de acompañante terapéuticoMejores juristas
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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