Declara integrantes del Patrimonio Cultural a las colectividades radicadas Artículo 3 Provincia de Entre Ríos
Declara integrantes del Patrimonio Cultural a las colectividades radicadas Entre Ríos
Artículo 3.
Declárase la inembargabilidad e inejecutabilidad de los inmuebles que funcionen como sedes sociales y sean de propiedad de la Asociación debidamente registrada, excepto para los créditos que surjan de impuestos, tasas y contribuciones de mejoras que graven directamente el inmueble objeto del embargo o tarifas de servicios públicos prestados al mismo, hipotecas constituidas sobre el inmueble embargado con arreglo a las leyes de fondo, construcciones o refacciones realizadas en el mismo inmueble o expensas de administración y reparación.
Provincia de Entre Ríos Artículo 3 Declara integrantes del Patrimonio Cultural a las colectividades radicadas LEY 10.878, 16 de Abril de 2021
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Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo dni 92285198 -1555150621 .
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Capacitación obligatoria en Objetivos de Desarrollo Sostenible Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 1. Objeto Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias San Juan Artículo 5. Marco legal del Sistema Estadístico Ciudad de Buenos Aires Artículo 14. Director y Subdirectores Generales Se presta acuerdo, para que la Municipalidad de Neuquén contraiga deuda Neuquén Artículo 3. Régimen Especial de presentación espontánea y regularización de deudas Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 18.Recomendados
Declara integrantes del Patrimonio Cultural a las colectividades radicadas Entre Ríos Artículo 6. Constitución Nacional Nacional Artículo 82. Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.424 Corrientes Artículo 7. Creación del Colegio de Profesionales en Turismo Entre Ríos Artículo 15. Atribuciones especiales de la asamblea ordinaria Régimen de Promoción para el Emprendedurismo Joven Entrerriano Entre Ríos Artículo 3.Publique la información de sí mismo
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