Créase el Registro Nacional de Datos Genéticos
Créase el Registro Nacional de Datos Genéticos
- Artículo 1. Créase el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la...
- Artículo 2. El Registro tendrá por fin exclusivo facilitar el esclarecimiento de los...
- Artículo 3. El Registro almacenará y sistematizará la información genética asociada a una...
- Artículo 4. La información genética registrada consistirá en el registro alfanumérico...
- Artículo 5. El registro contará con una sección destinada a personas condenadas con...
- Artículo 6. El Registro contará con una sección especial destinada a autores no...
- Artículo 7. Las constancias obrantes en el Registro serán consideradas datos sensibles y...
- Artículo 8. Los exámenes genéticos se practicarán en los laboratorios debidamente...
- Artículo 9. El Registro dispondrá lo necesario para la conservación de un modo inviolable...
- Artículo 10. La información obrante en el Registro sólo será dada de baja transcurridos...
- Artículo 11. En el marco de esta ley queda prohibida la utilización de muestras de ácido...
- Artículo 12. Esta ley es complementaria al Código Penal.
- Artículo 13. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES...
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Publique la información de sí mismo
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