Creación en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial la Autoridad de Cuencas Artículo 8 Provincia de Córdoba
Creación en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial la Autoridad de Cuencas Córdoba
Artículo 8. Integración del Fondo
El "Fondo de Asistencia Ambiental de Cuencas" se integrará con los ingresos provenientes de:a) Los aportes del Tesoro de la Provincia de Córdoba que se destinen al efecto;
b) Los que se determinen anualmente en la Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial;
c) Las sumas que envíe el Estado Nacional en concepto de Aportes del Tesoro Nacional (ATN), subsidios o créditos con asignación específica para afrontar los daños producidos en las cuencas hídricas;
d) Los créditos nacionales o internacionales que se obtengan a los fines del Fondo, y e) Las donaciones, legados y todo otro ingreso o recurso de origen público o privado -nacional o internacional- que se destine al mismo.
Provincia de Córdoba Artículo 8 Creación en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial la Autoridad de Cuencas
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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