Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única Artículo 19 Provincia de Córdoba
Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única Córdoba
Artículo 19. Invitación
Invítase a los municipios y comunas de la Provincia, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a avanzar en el proceso de digitalización de las historias clínicas de sus centros asistenciales, acordando con la Autoridad de Aplicación los mecanismos de compatibilidad para implementar el sistema de Historia Clínica Electrónica Única (HCEU).
Provincia de Córdoba Artículo 19 Creación del Sistema Provincial de Historia Clínica Electrónica Única (HCEU)
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Ley Impositiva: Ejercicio 1999 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 40. Ley del registro de estado civil y capacidad de las personas San Luis Artículo 55. Industrias creativas, desarollo, fomento, incentivo y protección. Creación de Fondo de Producción Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 4. Ley del registro de estado civil y capacidad de las personas San Luis Artículo 54. Programa de Protección Integral a pacientes oncológicos infanto-juveniles Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 24. Licencia Especial por CuidadosPublique la información de sí mismo
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