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Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Artículo 24 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa Formosa
Artículo 24.

En general comprende superficies extensas, aptas para la producción forestal y agropecuaria, donde también sea factible el turismo y las actividades recreativas en el entorno natural.

Todas estas actividades deberán realizarse en forma sostenible, de manera tal que se asegure la preservación de los ecosistemas existentes, los suelos y cuerpos de aguas superficiales, destinadas a producir un bien económico de modo ambientalmente sustentable, satisfaciendo las necesidades de la población actual y futura.

También pueden integrar esta categoría las áreas de ecosistemas degradados, con el fin de ser total o parcialmente restituidos a una mejor condición ambiental, mediante planes de manejo o intervenciones avaladas técnicamente por la Autoridad de Aplicación.

Provincia de Formosa Artículo 24 Creación del Sistema Provincial de Areas Naturales Protegidas de Formosa
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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