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Creación del Programa de Tutores Sociales denominado Estamos a tu lado Artículo 5 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación del Programa de Tutores Sociales denominado Estamos a tu lado Santa Fe
Artículo 5.

Las instituciones intermedias mencionadas en el artículo 3 de la presente, interesadas en suscribir convenios de colaboración estratégica con el Gobierno Provincial, a fin de desarrollar proyectos que tienen como beneficiarios a jóvenes en situación de desarraigo social, deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación un plan de acción que contemple la generación de ámbitos participativos, solidarios y democráticos en los cuales pueda replantearse la capacitación, reinserción escolar, integración social y productiva y la valorización del ser, del hacer y el tener de estos jóvenes.

Los proyectos deberán ser presentados a partir del mes de julio y hasta fines del mes de septiembre de cada año para su evaluación y aprobación.

El plan de acción deberá necesariamente contemplar:

a) Población Objetivo y su localización geográfica;

b) Situación Problemática, metodología y abordaje;

c) Actividades a desarrollar, capacitaciones, talleres, evaluaciones y seguimiento;

d) Cronograma de actividades y contenido;

e) Objetivos, resultados a esperar e indicadores de las mismos;

f) Tiempo de duración del proyecto y cronograma de actividades;

g) Replicabilidad del proyecto; y h) Presupuesto de inversiones y estructura de financiamiento.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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