Creación del Plan Maestro Forestal Artículo 11 Provincia de Misiones
Creación del Plan Maestro Forestal Misiones
Artículo 11.
Establécese que la ejecución del Programa de Sustentabilidad y Competitividad Forestal, y las contrataciones y adquisiciones de obras, bienes, servicios y comisiones de servicios que se establezcan en los convenios, acuerdos y documentos complementarios, en un todo de conformidad a lo estipulado en el Artículo 6 de la presente Ley, se rigen por las normas establecidas en el Acuerdo de Sub-Ejecución del Proyecto de Sustentabilidad y Competitividad Forestal y otros que correspondan a futuros convenios o acuerdos, exceptuándose la aplicación de la Ley VII -N.º 11(Antes Ley 2303) -Ley de Contabilidad, Ley X -N.º 4 (Antes Ley 83) -de Obras Públicas y Ley VII -N.º 10 (Antes Ley 2111) -Ley de Compre Misionero, resultando éstas de aplicación supletoria para los casos no previstos en el acuerdo referenciado.
Es aplicable el Artículo 126 de la Ley VII -N.º 11(Antes Ley 2303) -Ley de Contabilidad, cuando así lo solicite la Autoridad de Aplicación y con referencia al control interno y procedimiento para la rendición de los estados contables, únicamente.
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
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