Creación del Digesto Jurídico Artículo 5 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Creación del Digesto Jurídico Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 5.
La elaboración del Digesto Jurídico de la Provincia, se hará teniendo presente las siguientes técnicas:a) recopilación: abarca la clasificación, depuración, inventario y armonización de la legislación vigente y un índice temático ordenado por categoría;
b) ordenación: traduce la aprobación de Textos Ordenados (TO), compatibilizados, en materia varias veces reguladas y/o modificadas parcialmente; y c) investigación: implica considerar el espíritu de las normas que integran el Digesto.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 5 Creación del Digesto Jurídico
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Ley de Presupuesto General para el Ejercicio 2022 Buenos Aires Artículo 2. Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Ciudad de Buenos Aires Artículo 52. Sistema de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas Córdoba Artículo 16. Capacitación obligatoria en Objetivos de Desarrollo Sostenible Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 1. Objeto Sistema de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas Córdoba Artículo 2.Publique la información de sí mismo
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