Creación del Digesto Jurídico Artículo 4 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Creación del Digesto Jurídico Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 4.
El lenguaje del Digesto Jurídico de la Provincia, se adecuará al léxico jurídico de las categorías del derecho, procurando respetar los siguientes lineamientos:a) la norma que modifique otra norma indicará con precisión el texto que se modifica, sustituye o introduce;
b) todas las modificaciones a las normas integrantes del Digesto deben ser expresadas y ajustarse a la técnica de Textos Ordenados (TO);
c) las cifras se expresarán en letras y números, en caso de incongruencia o error, se tendrá por válido lo expresado en letras;
d) las siglas irán acompañadas de la denominación completa en la primera utilización que se haga en el texto legal;
e) el empleo de términos en idioma extranjero se utilizará en la forma incorporada al léxico común, o en su versión original si no existe traducción posible; y f) en la confección del Digesto se podrán armonizar los textos e introducir modificaciones de forma, sin que las mismas alteren ni la letra ni el espíritu de las leyes vigentes.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 4 Creación del Digesto Jurídico
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shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Día provincial de las Organizaciones No Gubernamentales Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 1. Ley Impositiva año 2015 Córdoba Artículo 121. Sistema de Beneficios Sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas Córdoba Artículo 11. Presupuesto general de gastos y recursos de la administración central y organismos descentralizados Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 13. Eximición del pago de impuestos al Fideicomiso de Administración para el Desarrollo Austral Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 2.Publique la información de sí mismo
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