Creación del bono vitivinícola BONOVIT Artículo 2 Provincia de San Juan
Creación del bono vitivinícola BONOVIT San Juan
Artículo 2.
Se autoriza al Ministerio de Producción y Desarrollo Económico, a emitir BONOVIT para aquellos beneficiarios que hagan uso de estas opciones, hasta el día 17/05/2019, en una relación de PESOS CUATRO ($ 4,00) por cada litro de vino desnaturalizado o destinado a fábrica de vinagre o destilería, PESOS DOS ($ 2,00) por cada kilogramo de uva destinado a consumo como uva de mesa para mercado interno o externo, PESOS DOS ($ 2,00) por cada kilogramo de uva destinado a elaborar pasas y PESOS UNO ($ 1,00) por cada La reglamentación estipulará la documentación necesaria para acreditar las cantidades destinadas a tales fines y los montos a acreditar por beneficiario.
El Ministerio de Producción y Desarrollo Económico podrá disponer restricciones o exclusiones en virtud de la participación de los solicitantes en otros programas de beneficios vigentes.kilogramo destinado a elaborar mostos.
Provincia de San Juan Artículo 2 Creación del bono vitivinícola BONOVIT
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Recomendados
Calendario de eventos de la Provincia de San Juan y sus departamentos San Juan Artículo 1. Creación del bono vitivinícola BONOVIT San Juan Artículo 1. Calendario de eventos de la Provincia de San Juan y sus departamentos San Juan Artículo 4. Creación del bono vitivinícola BONOVIT San Juan Artículo 6. Creación del bono vitivinícola BONOVIT San Juan Artículo 4.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios