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Creación del Área Natural Protegida Península Mitre Artículo 21 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación del Área Natural Protegida Península Mitre Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 21.

Créase la Comisión Consultiva de participación para la Gestión del Área Natural Protegida Península Mitre que tendrá por funciones:

a) conciliar los intereses de los sectores económicos, sociales, culturales y de las diferentes actividades antrópicas relacionadas al sistema territorial que conforma el ANPPM;

b) monitorear el avance y los resultados del Proceso de Diseño e Implementación del Plan de Manejo y Gestión del ANPPM;

c) participar y acompañar en el análisis y deliberación de los proyectos y propuestas a ser presentadas e implementadas en el ANPPM, en el marco de esta ley;

d) monitorear la aplicación de los fondos destinados al ANPPM;

e) ser instancia obligatoria de intervención formal para la presentación de la Memoria y Balance de Gestión Anual, a elevar por la autoridad de aplicación a la Legislatura provincial; y f) de acuerdo a las funciones establecidas precedentemente y dada la complejidad del Área Natural Protegida Península Mitre, todas las acciones de la Comisión Consultiva y de Participación para la Gestión, a través de su funcionamiento, deberán propender a agilizar y facilitar los mecanismos de gestión para la efectiva implementación del Plan de Manejo y Gestión del ANPPM.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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