Creación de Terra Ignis Energía S.A. Artículo 17 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Creación de Terra Ignis Energía S.A Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 17.
Sin perjuicio de la validez y vigencia de los derechos adquiridos por terceros sobre permisos de exploración o concesiones de explotación vigentes y otorgadas por la Provincia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, se deja establecido que en orden a lo dispuesto por los artículos 124 de la Constitución Nacional y 84 de la Constitución de la Provincia, ésta podrá, en condiciones de equivalencia, otorgar preferencia a favor de la Sociedad respecto de terceros sobre permisos de exploración o concesiones de explotación de hidrocarburos sobre áreas hidrocarburíferas sometidas a la jurisdicción de la Provincia respecto de las cuales, a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, no existan otorgados permisos de exploración o concesiones de explotación, así como también respecto de aquellas áreas cuyos permisos de exploración o concesiones deexplotación se reviertan en el futuro a la Provincia.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 17 Creación de Terra Ignis Energía S.A.
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
Leer de nuevo
Ley de Lucha contra el Alcoholismo Artículo 14. Aprobación del el Consenso Fiscal suscripto el 16 de Noviembre de 2017 Provincia de San Juan Administración de inmuebles. Bancarización Chaco Artículo 5. Dirección General de Ingresos Provinciales. Tributos. Régimen Especial de Pago La Rioja Artículo 1. Régimen Especial de Pago Ley general de expropiaciones Buenos Aires Artículo 26.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios