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Creación de los consorcios de conservación de suelos Artículo 36 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación de los consorcios de conservación de suelos Córdoba
Artículo 36.

Si por cualquier causa la elección no se verificare el día determinado, la Comisión Directiva fijará nueva fecha en un término que no excederá de treinta (30) días a contar de la elección fracasada, todo con comunicación a la Autoridad de Aplicación. Si en esta segunda oportunidad ocurriere lo mismo, el Consorcio será intervenido.



Provincia de Córdoba Artículo 36 Creación de los consorcios de conservación de suelos
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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