Juicio por Jurados y con Vocales Legos Artículo 68 Provincia del Chubut
Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut
Artículo 68. INVIOLABILIDAD DE LOS REGISTROS
Sustitúyase el Artículo 132° del Código Procesal Penal de la Provincia del Chubut, el que quedará redactado de la siguiente forma:Artículo 132°.-INVIOLABILIDAD DE LOS REGISTROS.
Los registros de imágenes o sonidos se deberán reservar en un soporte que asegure su inviolabilidad mientras no se disponga otra medida por resolución fundada de la autoridad competente. Se podrán obtener copias para cualquier persona que acredite interés legítimo.
Las Informalidades esenciales de los actos deberán surgir del mismo registro y, en caso de no ser posible, de un acta complementaria.
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Creación de la figura del Abogado del Niño Córdoba Artículo 10. Autoridad de Aplicación Ley de procedimiento administrativo Córdoba Artículo 76. Trámite de la denuncia formulada Código de Faltas Mendoza Artículo 146. Expropiación de inmuebles necesarios para el complejo ambiental de tratamiento Córdoba Artículo 7. Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Buenos Aires Artículo 120.Publique la información de sí mismo
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