Creación de las tasas judiciales Artículo 6 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Creación de las tasas judiciales Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 6. JUICIOS NO SUSCEPTIBLES DE APRECIACION PECUNIARIA
En los juicios cuyo objeto litigioso no tenga valor pecuniario y no se encuentren comprendidos en las exenciones contempladas por esta ley u otro cuerpo normativo, se integrará una tasa fija pesos de ciento sesenta ($160) pagadera en su totalidad al inicio de las actuaciones.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 6 Creación de las tasas judiciales
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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