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Creación de la Universidad de la Defensa Nacional Artículo 8 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Creación de la Universidad de la Defensa Nacional Nacional
Artículo 8.

La UNDEF dispondrá de autonomía académica e institucional conforme al régimen fijado en el artículo 2° de esta ley. El Estatuto de la UNDEF deberá prever sus órganos de gobierno, tanto colegiados como unipersonales, así como su composición y atribuciones, debiendo asegurar:

a) La constitución del Consejo de Dirección como órgano superior de gobierno, el que será presidido por el Ministro de Defensa quien tomará las resoluciones con el asesoramiento de los demás integrantes. Integrarán el Consejo de Dirección los Secretarios del Ministerio de Defensa, el Rector de la UNDEF, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y los Jefes del Estado Mayor del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada;

b) La constitución del Consejo Consultivo de Gestión que presidirá el Rector y que integrarán: un (1) representante por cada una de las Fuerzas Armadas y uno (1) por el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, los Decanos y las autoridades de gestión académica que el Estatuto establezca;

c) La constitución del Consejo Consultivo integrado por once (11) miembros designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de los siguientes organismos: tres (3) por el Consejo Interuniversitario Nacional; uno (1) por el Ministerio de Defensa; uno (1) por el Ministerio de Educación; uno (1) por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva; uno (1) por el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas; y los presidentes de las comisiones de Defensa y de Educación de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación respectivamente.

Tendrá como función principal supervisar y garantizar la concepción democrática y republicana en los planes y programas de estudio; la calidad, la pluralidad de ideas y diversidad de criterios en el diseño e implementación de las funciones sustantivas de la universidad; la pertinencia y relevancia en la formación militar y en la formación de civiles para la defensa.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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