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Creación de la Unidad de Patologías de Cabeza y Cuello Artículo 3 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/05/2025

Creación de la Unidad de Patologías de Cabeza y Cuello Misiones
Artículo 3.

Son competencias de la Unidad de Patologías de Cabeza y Cuello:

1) Diagnosticar en forma oportuna las afecciones infecciosas, congénitas, traumáticas y oncológicas en la cabeza y el cuello;

2) Intervenir en los procedimientos quirúrgicos y no quirúrgicos que permiten el tratamiento adecuado de traumatismos, patologías y malformaciones de la cabeza y el cuello;

3) Definir y establecer los criterios generales y protocolos de actuación del personal a cargo de la Unidad de Patologías de Cabeza y Cuello;

4) Prestar servicios de consulta, asistencia, atención y seguimiento médico mediante el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) de forma personalizada e interdisciplinaria para cubrir la demanda del servicio para pacientes internados y ambulatorios, de urgencias y con turnos programados;

5) Coordinar la adecuada rehabilitación de los pacientes con traumatismos, patologías y malformaciones del área de la cabeza y el cuello permitiendo su tratamiento y reinserción social;

6) Desarrollar el manual de procedimientos técnicos para la asistencia, traslado y rehabilitación de pacientes con traumatismos, patologías y malformaciones del área de la cabeza y el cuello;

7) Promover el abordaje multidisciplinario y el trabajo en equipo, utilizando todos los recursos disponibles;

8) Impulsar la capacitación de los profesionales y la formación especializada de recursos humanos;

9) Participar en el diseño de acciones comunitarias que permitan socializar y difundir el conocimiento para la prevención de accidentes, de las adicciones y hábitos relacionados con el cáncer de la cabeza y el cuello;

10) Brindar la información y acompañamiento en el proceso de restablecimiento de la salud al paciente y a sus familiares;

11) Propiciar la articulación con programas y acciones para la atención de personas con discapacidad, cuando corresponda;

12) Toda otra función que contribuya al cumplimiento de los fines de la presente ley.

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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS


Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


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