Creación de la figura del Abogado de Niñas, Niños y adolescentes Artículo 3 Provincia del Chubut
Creación de la figura del Abogado de Niñas, Niños y adolescentes Chubut
Artículo 3. Inscripción
Los Colegios de Abogados de cada Circunscripción Judicial deberán llevar un legajo de los profesionales que se desempeñen como Abogado/a del Niño/Niña y Adolescente, el que dará cuenta de su formación en la materia. Los profesionales deberán mantener actualizados sus datos personales y laborales, debiendo además acreditar anualmente veinte (20) horas de capacitación referida a la Especialización de Derecho de Familia y Abogado del Niño/Niña y Adolescente. Teniendo a cargo cada Colegio de Abogados el deber de informar durante el primes mes del año, el listado con los abogados/abogadas y sus datos actualizados a cada juzgado de la circunscripción y publicar el listado en la Página Web, más allá de la difusión prevista en el artículo 10°, como así también deberán informar cualquier baja del listado mencionado anteriormente.
Provincia del Chubut Artículo 3 Creación de la figura del Abogado de Niñas, Niños y adolescentes
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Servicio Público Provincial de Defensa Penal Santa Fe Artículo 66. Creación de cargos Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2023 Buenos Aires Artículo 49. Establecieron el juicio por jurados Santa Fe Artículo 25. Convocatoria de los jurados sorteados Órgano de revisión y promoción de derechos de los usuarios de los servicios de salud mental Santa Fe Artículo 3. Ámbito de aplicación Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2023 Buenos Aires Artículo 112.Publique la información de sí mismo
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