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Creación de la Direccion de Promoción de los Liberados Artículo 9 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Creación de la Direccion de Promoción de los Liberados Mendoza
Artículo 9. TRATAMIENTO DEL LIBERADO

El tratamiento será personalizado y directo, tendiendo a evitar la reiteración y la reincidencia, y se instrumentará a través de programas formativos, educativos y cuya ejecución deberá contemplar el debido ajuste al medio familiar, laboral y social. En cada caso deberá evaluarse:

a) La situación procesal y/o condición legal del tutelado.

b) Las condiciones compromisorias, reglas de conducta y/o medidas impuestas judicialmente.

c) La tarea de adaptación proyectada y/o materializada en los programas de tratamiento del Servicio Penitenciario.

d) El resultado del liberado en la tarea de pre-egreso.

e) Los antecedentes judiciales de interés respecto del hecho y la personalidad del tutelado.

f) Las recomendaciones especiales y/o pautas específicas dispuestas por el Juez interviniente.

g) Las conductas y actividades que puedan ser consideradas inconvenientes para su adecuada inserción social.

h) El lugar de residencia o domicilio fijado judicialmente.

i) El tiempo de contralor al cual estará sometido.

j) Todo otro dato útil para el tratamiento del caso.

Provincia de Mendoza Artículo 9 Creación de la Direccion de Promoción de los Liberados
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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