Crea el Observatorio del Mercado Inmobiliario de Tucumán, como una unidad técnica y administrativa dependiente de la Dirección General de Catastro, en la ámbito de la Secretaría de Estado de Hacienda del Ministerio de Economía y Producción de la Provincia (Crea el Observatorio del Mercado Inmobiliario) Provincia de Tucumán
Crea el Observatorio del Mercado Inmobiliario de Tucumán, como una unidad técnica y administrativa dependiente de la Dirección General de Catastro, en la ámbito de la Secretaría de Estado de Hacienda del Ministerio de Economía y Producción de la Provincia Provincia de Tucumán
- Artículo 1. Créase el Observatorio del Mercado Inmobiliario de Tucumán (OMITUC), como...
- Artículo 2. El Observatorio del Mercado Inmobiliario de Tucumán tendrá como misión...
- Artículo 3. La valuación catastral comprenderá el proceso integral para determinar los...
- Artículo 4. El valor catastral será fijado periódicamente por la Dirección General de...
- Artículo 5. Desígnase como coordinador del Observatorio del Mercado Inmobiliario de...
- Artículo 6. Comuníquese
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Santiago del Estero Artículo 471. Elevación de las actuaciones Código Procesal Civil y Comercial Chaco Artículo 12. Interpretación de las normas procesales. Principio de congruencia Código Procesal Penal La Rioja Artículo 112. CONTENIDO Y EFECTOS Código Contravencional Salta Artículo 46. Código Procesal Penal Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 414. RechazoPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios