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Constitución Artículo 77 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Constitución San Luis
Artículo 77. Educación privada

La educación privada, conforme a los fines y principios fijados en la presente Constitución, está sujeta a los controles del Estado Provincial a través de leyes que aseguren: 1) Que el desarrollo de sus planes y programas contengan el mínimo exigible por sus similares oficiales.

2) El respeto al marco jurídico de la Constitución y las leyes.

3) Que la conducción se efectúe a través de entidades sin fines de lucro.

4) Que la prestación del servicio educativo sea real y efectiva.

5) Que el estado legitime la expedición de los títulos y certificados de estudio.

Provincia de San Luis Artículo 77 Constitución
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


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