Constitución Artículo 69 Provincia de San Luis
Constitución San Luis
Artículo 69. Participación en la cultura
El Estado promueve y protege las manifestaciones auténticas de nuestra cultura, coordina las acciones culturales con la participación de las organizaciones populares y apoya a quienes facilitan su conocimiento y desarrollo y la integran a la cultura nacional.
Provincia de San Luis Artículo 69 Constitución
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me quieren sacar de mi sueldo una cuota alimento por mis nietos cuando el sueldo no me alcanza para cubrir el alquiler y los servicios a parte tengo 3 hijos menores
Cuales son las acciones judiciales que pueden iniciarse???
Mi pregunta se basa en que en el art.2041- punto g no se especifica bien sobre vivienda de encargado
Quisiera saber si el consorcio se debe responsabilizar en la compra de un termotanque en porteria
Es posible que los concejos deliberante de las comisiones de fomento puedan contar con un presupuesto propio y administrado por el propio concejo deliberante?
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