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Constitución Artículo 169 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Salta
Artículo 169. DE LA AUDITORIA Y SINDICATURA GENERAL DE LA PROVINCIA

I. Disposiciones Generales La Provincia de Salta sostiene un modelo de control de la hacienda pública integral e integrado.

II. Auditoría Interna. Sindicatura General de la Provincia La Sindicatura General de la Provincia es el órgano de control interno presupuestario, contable, financiero, económico, patrimonial y legal de la Hacienda Pública Provincial centralizada y descentralizada, cualquiera fuere su modalidad de organización y evalúa las actividades y programas a ser ejecutados en la Provincia con caudales públicos.

Su titular es el Síndico General de la Provincia, designado y removido por el Gobernador. Los restantes poderes y municipios fijan su procedimiento de control interno.

La ley reglamenta su organización, funcionamiento y competencia.

III. Auditoría General de la Provincia La Auditoría General de la Provincia es el órgano con independencia funcional, administrativa y financiera, competente para el control externo posterior y auditoría de la gestión económica, financiera, patrimonial, presupuestaria y operativa en atención a los criterios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia de la Hacienda Pública Provincial y Municipal, incluyendo sus organismos descentralizados cualquiera fuese su modalidad de organización, empresas y sociedades del Estado, entes reguladores de servicios públicos y entes privados adjudicatarios de servicios privatizados en cuanto a las obligaciones emergentes de los respectivos contratos.

Examina e informa a la Legislatura, aconsejando su aprobación o desaprobación sobre la Cuenta General del Ejercicio, cuentas de percepción e inversión de fondos públicos y de cualquiera de los estados contables que se elaboren por la Administración Pública Provincial y Municipal.

Tiene legitimación para comparecer en juicio por sí misma y en representación del Estado, en los casos que se detecte, en virtud de las funciones atribuidas por esta Constitución y las leyes, posible daño patrimonial al Fisco. Los informes, dictámenes y pronunciamientos finales de la Auditoría, tienen la calidad de públicos y deben ser publicados por la misma. Las autoridades provinciales y los agentes y funcionarios del sector público provincial y municipal están obligados a proveerles la información que les requiera.

Nombra su personal previo concurso público.

Está integrado por tres o cinco miembros, según lo establezca la ley, con título universitario en Abogacía, Ciencias Económicas u otros graduados con especialización en administración financiera, control y auditoría. Son seleccionados por una Comisión Permanente de la Cámara de Diputados integrada por siete miembros, con participación de la minoría. Son designados previa audiencia pública por la Cámara de Senadores en sesión pública. Duran cinco años en sus funciones y pueden ser reelegidos. Tienen las mismas incompatibilidades, gozan de las mismas inmunidades que los jueces y son removidos por las mismas causas que éstos mediante Juicio Político.

La competencia, organización y funcionamiento son regulados por ley.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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